Estamos en primavera y es época de bodas. Y que menos que hacer algún regalo a los novios para compartir su felicidad y agradecer la invitación, pero ¿nos hemos parado a pesar las consecuencias fiscales de esos regalos?
Hace escasamente unas semanas tratábamos este tema en nuestro despacho con una cliente que estaba ultimando los detalles de su boda y quería informarse sobre las consecuencias jurídicas y fiscales que conllevaría su nuevo estado civil. Ni que decir la sorpresa que le supuso el hablarle de la posibilidad de tener que tributar por los regalos que se les hicieran a los futuros esposos por ocasión de su boda.
La verdad es que no es nada nuevo que los regalos de boda sean objeto de tributación ante la Agencia Tributaria y las Haciendas Autonómicas. Hasta el momento esto había pasado desapercibido, sin embargo, ante el agravamiento de la presión fiscal en los últimos años, se ha vuelto a traer a colación este tema, tal y como destaca la noticia que compartimos abajo.
De ahí que surjan muchas preguntas y dudas al respecto. Y es que los regalos no dejan de ser donaciones (transmisiones de bienes a título gratuito e intervivos) que conllevan que pueda activarse el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y que los novios se vean obligados a tributar por ese concepto.
Lo primero que hay que saber es que el Impuesto de Donaciones está gestionado por cada Comunidad Autónoma, y si bien es cierto que la ley no hace distinciones en relación a los regalos que pueden tributar (desde el sobre con dinero, pasando por transferencias e ingresos en cuenta y llegando incluso hasta una vajilla), también es cierto que cada Hacienda Autonómica tiene sus propios criterios a la hora de determinar la tributación y establecer bonificaciones en función del parentesco, así como criterios según el patrimonio.
Sin embargo, no es necesario ser alarmistas en este tema, ya que Hacienda no suele perseguir estos movimientos al tratarse de cantidades más bien pequeñas; su interés está sobre todo centrado en los proveedores como son los restaurantes, caterings, ect., y el cumplimiento de estos negocios con sus obligaciones fiscales respecto a los pagos recibidos por sus servicios en la celebración; y es por este motivo que es posible que Hacienda se ponga en contacto con los novios para obtener información al respecto.
Aún así, no hay que bajar la guardia, y sobre todo, consultar cualquier duda sobre el tema con profesionales como abogados y asesores fiscales.
https://www.antena3.com/noticias/economia/bodas-hacienda-video_201905145cdae6920cf26b6ffc70a243.html
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